Fuentes autorizadas atribuyen la implicación de un individuo italiano, del cual solo se conocen las iniciales por el momento N. N., empleado de un organismo gubernamental agrícola en Italia, que podría ser acusado de un importante fraude con el IVA contra la Hacienda española en el sector de la distribución de combustibles.
El sujeto implicado habría utilizado a personas y sociedades cómplices en territorio ibérico, contactos seguros en el ámbito de los depósitos fiscales, como uno en Tarragona, así como sociedades pantalla fuera de la Unión Europea. Sobre este asunto, se está a la espera de los resultados de la investigación.
Fraudes en la distribución de combustibles. Además del contrabando puro y duro, es decir, el desvío de cargamentos formalmente destinados al extranjero y el suministro de gasóleo subvencionado para usos gravados con impuestos especiales íntegros, cada vez se utilizan más otros métodos fraudulentos para evadir impuestos y vender combustible por debajo de su coste. Entre ellos podemos ver ejemplos como aprovecharse de las pérdidas fisiológicas de producto, utilizar sociedades de exportación falsas o mediante el llamado sistema de fraude carrusel. Las tramas de fraude también se basan en el hecho de que el gasóleo es como el dinero. Una vez que se consume, ya no existe. La evasión fiscal asciende a varias decenas de miles de millones de euros al año solo en España. Una parte cada vez mayor de esta evasión afecta al sector petrolero. Un fenómeno que está pasando de fisiológico y marginal a patológico y estructural. Un fenómeno que tiene el nefasto efecto de dopar el mercado, de hacer bajar artificialmente los precios de los combustibles al consumidor y que representa, por un lado, una enorme pérdida de ingresos para el Estado y, por otro, un mecanismo de competencia desleal e insostenible para
todos los operadores honrados del sector. Un fenómeno que está perjudicando seriamente a las empresas que trabajan dentro de la legalidad.
Un fenómeno, por otra parte, difícil de controlar y combatir por diversas razones. Son muchos los sistemas y métodos fraudulentos que se utilizan para vender por debajo de coste, aprovechando tanto la crisis de consumo, que hace bajar los umbrales de tolerancia al riesgo, como la fuerte presión fiscal sobre los productos petrolíferos, que actúa como motor y despierta el apetito delictivo al prometer grandes beneficios. Si se excluye el «desvío» dentro del territorio nacional de mercancías cuyo destino documentado era el extranjero y que, por tanto, se transportan en régimen suspensivo de impuestos especiales, así como la puesta al consumo de gasóleo bonificado para usos que deberían gravarse con impuestos especiales, los otros principales métodos de fraude son los siguientes: a) la sustracción de producto de los depósitos fiscales y las refinerías aprovechando las pérdidas fisiológicas del producto, b) las compras sin IVA utilizando sociedades de exportación falsas y c) el fraude conocido como carrusel.
El primer sistema consiste en el robo sistemático de hidrocarburos, que se lleva a cabo burlando los sistemas de control de las empresas o con la connivencia de los operarios de los depósitos. El producto se somete periódicamente a gravamen a medida que sale del almacén, por lo que se procura no superar el umbral que representan las pérdidas legalmente permitidas (proporcionales a los volúmenes de venta). De este modo, las faltas de producto se justifican por la pérdida o la disminución natural y fisiológica de mercancía. Salvo que se pille en el momento de la comisión del delito, este procedimiento no es detectable «a posteriori» por ningún organismo de control. El truco de las pérdidas técnicas legales también puede aplicarlo el titular de un depósito fiscal que recibe producto en régimen suspensivo de impuestos especiales y certifica que, en una carga típica de 30 000 litros, faltan 150 litros debido a las pérdidas durante el transporte, fijadas en el 0,50 % de toda la carga. Si se calculan unas diez cargas al día, salen mil litros diarios de producto «limpio» y oficialmente inexistente (pérdidas ficticias) que se pueden poner en el mercado para beneficio de empresas de transporte o propietarios de puntos de venta cómplices. Por lo tanto, cuanto más se mueva el producto, mayores son las cantidades «en negro» que se pueden obtener. Con este sistema se evaden los impuestos especiales.
Sociedades de exportación falsas. El fraude consiste en comercializar el producto evadiendo el IVA. El mecanismo funciona más o menos así. Se constituye una sociedad «ALFA» a nombre de un testaferro. La sociedad declara ser exportadora habitual a países fuera de la UE y presenta una declaración de intenciones falsa a Hacienda con este fin.
El documento se declara haber realizado exportaciones el año pasado y, por tanto, haber acumulado un crédito de IVA. El crédito (tope) puede «gastarse» comprando, en un país de la UE, con exención de IVA.
Con esta declaración, uno puede presentarse ante un proveedor «BETA» (depósito) que le venderá el producto sin aplicar el IVA.
Así, la sociedad ALFA compra a BETA a un precio sin IVA, en función de la falsa declaración de intenciones, sobre la cual el proveedor (depósito) solo tiene la obligación de comprobar que se ha presentado ante Hacienda. ALFA vende grandes volúmenes de petróleo aplicando el IVA a los clientes con precios muy competitivos debido a que lo ha comprado sin IVA y sin intención alguna de pagar el IVA que recauda.
Gracias a que las entregas se realizan directamente desde el depósito del proveedor, los clientes creen que las transacciones son perfectamente lícitas, ya que están cuentan con un documento simplificado de acompañamiento (expedido por un operador conocido) y con una factura ordinaria.
La declaración del IVA debe efectuarse al final del año siguiente al de la operación. En ese tiempo, la sociedad ALFA desaparece, el testaferro es un don nadie y Hacienda no cobra ningún IVA.
Precisamente por esto, el rasgo distintivo de estas sociedades que surgen como setas es que nacen y desaparecen en menos de dos años y son desconocidas en el sector.
Fraude carrusel. En este caso, una asociación criminal crea una sociedad a nombre de un testaferro, llamada sociedad papelera, porque solo produce facturas. La sociedad papelera compra el producto de un país de la UE y este viaja en régimen suspensivo de impuestos especiales e IVA. Se presenta en un depósito fiscal que presta el servicio de regularización del producto desde el punto de vista de los impuestos especiales y expide el documento simplificado de acompañamiento para los destinatarios.
La sociedad papelera vende el producto directamente o a través de una empresa intermediaria llamada «filtro». Por último, la sociedad papelera debería pagar el IVA recaudado por las ventas anteriores, pero desaparece incluso antes de tener que hacer la declaración a Hacienda. También en este caso, el testaferro es siempre un don nadie.
La evasión del IVA implica a personas que operan en el límite de la legalidad y que parecen «engañar» a los operadores de los depósitos proveedores. Por lo tanto, el papel de los titulares de los depósitos es fundamental.

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